Saltear al contenido principal

Entra en vigor el veto a la pesca que golpea a la flota

Entra en vigor el veto a la pesca que golpea a la flota: al vigésimo día, el Atlántico se llenó de 87 vedas

La flota de litoral afronta hoy un veto que ayer ya tuvieron que acatar los barcos de Gran Sol
No hubo suspensión cautelar, ni moratoria alguna. Veinte días después del 19 de septiembre, fecha en la que el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) publicó la condena, entró en vigor el reglamento de ejecución de la Comisión Europea que limita el empleo de artes de fondo en 87 áreas del Atlántico nororiental en las que se han detectado ecosistemas marinos vulnerables o indicios de que puede haberlos. En total, se prohíbe faenar con aparejos que toquen el lecho marino en 16.419 kilómetros cuadrados salpicados desde el golfo de Cádiz a Irlanda, a lo largo de la plataforma de cuatro países: España, Portugal, Francia e Irlanda. Unas vedas sobre las que todavía subsisten muchas dudas sobre cómo actuar. Y que todavía no están bien definidas en los plotters ni aparatos de medición que los barcos llevan a bordo.

¿Por qué se ha limitado la pesca de fondo en 87 áreas?

Para proteger los ecosistemas marinos vulnerables (VME, por sus siglas en inglés) de la pesca en aguas profundas y garantizar la conservación de las poblaciones de corales, esponjas y plumas, así como las poblaciones de peces de esos hábitats, según recoge el texto del reglamento de ejecución.

¿Cómo se han definido las zonas en las que hay especies vulnerables?

En base a los datos de los sistemas de localización de buques que operaban en aguas profundas durante los años 2009 y 2011. En julio del 2017, la Comisión solicitó al Consejo Internacional para la Exploración del Mar (ICES, en inglés) que emitiera un dictamen para determinar las zonas de pesca en aguas profundas e identificase una lista de zonas en las que se conocía la existencia de ecosistemas marinos vulnerables o la posibilidad de que existieran. Los científicos demandaron datos adicionales, que se recogieron entre abril del 2019 y diciembre del 2020 y en el 2021 lanzó el informe que sirvió para realizar la propuesta de la Comisión. Una normativa que incluía 94 áreas, pero de las que se cayeron siete porque estaban en aguas que ahora son británicas.

¿Por qué algunos científicos han criticado el acto de ejecución?

Porque no se han tenido en cuenta las advertencias del propio ICES que alertaban de que solo habían analizado la «presión pesquera e impacto del arrastre de fondo» y con indicadores del mar del Norte y del Báltico, pues «no están disponibles los datos del mar Céltico, golfo de Vizcaya y la costa ibérica». También alertaron de que esa modalidad «tiene un impacto mucho mayor en los ecosistemas marinos vulnerables en comparación con las artes estáticas», como por ejemplo el palangre, que se ha incluido pese a disponer solo de datos sobre dónde pescaba, pero no de la intensidad de pesca —como ha admitido la Comisión—, y menos sobre el impacto. Científicos españoles explicaron además al Ejecutivo que disponían de información más detallada —financiada por la propia Bruselas— que podría reducir la superficie acotada. No se ha tenido en cuenta. En cuanto a la polémica por que se haya aplicado a todas las artes de fondo un dictamen que solo recogía el arrastre, el Ejecutivo comunitario señala que tenía el mandato del Parlamento y el Consejo para actuar sobre todas.

¿Se puede pescar dentro de las áreas vedadas?

Frente a lo que se pensaba inicialmente, que quedaban completamente vedadas a la actividad pesquera, se podrá acceder a esas áreas siempre que sea para faenar entre 0 y 400 metros o más abajo de los 800, que es la profundidad que aparece regulada en el reglamento del 2016 sobre aguas profundas. Esa aclaración de la Comisión ha aliviado el impacto del veto a las artes de fondo, pero no lo ha eliminado.

¿A qué barcos afectan las 87 zonas restringidas?

A todos. Si no es de forma directa, lo es indirectamente. La prohibición de pescar en esas áreas entre los 400 y los 800 metros es para los pincheiros (palangre de fondo), volanteiros y otras artes de enmalle de fondo, además del arrastre. La Consellería do Mar cifró en 207 los barcos directamente afectados. Cepesca habló de 500. Con la aclaración de que se puede faenar hasta los 400 metros, los arrastreros han visto suavizado el impacto, pues han quedado libres fondos en los que solía operar y que creía afectados por la prohibición. No ha ocurrido lo mismo con los pincheiros, puesto que, al no haberse analizado la intensidad de pesca, se han visto expulsados de áreas de alta productividad para este segmento de flota. Así es que esta modalidad, concentrada fundamentalmente en los puertos de A Mariña, se ha visto especialmente perjudicada por la decisión. Pero esas áreas de exclusión, algunas encuadradas en caladeros históricos de la flota, provocarán desplazamientos a otras áreas de pesca en la que interferirán varias artes. Hay quien ya habla de un auténtico polvorín, con la mente puesta en antiguos enfrentamientos de la artes fijas con las móviles. Y otro riesgo añadido: una mayor presión pesquera en las áreas autorizadas que pueden dar al traste con los esfuerzos realizados para conseguir una explotación sostenible de las especies.

¿Qué especies pesqueras se ven afectadas?

Deberían ser las especies de aguas profundas, como el besugo, el alfonsino, el reloj anaranjado… Pero en la práctica también ha limitado la acción de aparejos que se dirigen a la cigala, el rape o el rapante, pero también a otras demersales que no están en contacto con el fondo, como la merluza. La merluza de volanta y la del pincho —ahí están Burela y Celeiro— podrían escasear. Y justo en Navidad.

¿Cuál es el impacto económico para Galicia?

Según los cálculos de la Consellería do Mar, realizados sobre la base de las tablas input-output elaboradas por la Universidade de Santiago, el impacto que tendrían las vedas en el pesquero sería de más de 300 millones, que por la capacidad de arrastre que tiene este sector se traduciría en un golpe de 816 millones en la economía gallega.

¿Puede imponer la Comisión estas vedas?

Puede y está obligada. Así lo recoge el reglamento 2336 sobre aguas profundas aprobado en el 2016. Consejo y Parlamento encargaron a la Comisión que, mediante actos de ejecución, estableciese una lista de zonas en las que se conoce la existencia de ecosistemas marinos vulnerables o sea probable que existan. Tenía que hacerlo antes del 13 de enero del 2018. Claro que ese poder también disponía que, para esa relación, se elaborase sobre la base de la mejor información científica y técnica disponible y exigía evaluaciones de impacto.

¿Se puede revertir el acto de ejecución?

El sector lo ve difícil. Se encomiendan al Tribunal de Justicia de la UE, al que España ha anunciado que recurrirá. La industria, como afectada, está estudiando esa vía, y la CIG, legitimada en representación de los trabajadores, también lo prepara. Se ha pedido que esos recursos vayan acompañados de la petición de una suspensión cautelar de la medida. De otra manera, no cabe más que esperar al nuevo dictamen científico y a que la Comisión revise su decisión, tal y como tiene encomendado.

 La Voz de Galicia – E. ABUÍN, S. SERANTES

Volver arriba

Puerto de Celeiro utiliza cookies propias y de terceros que permiten mejorar la usabilidad de navegación y recopilar información. No se utilizarán las cookies para recoger información de carácter personal. Solo se instalarán las cookies no esenciales para la navegación si acepta esta característica.

Privacy Settings saved!
Configuracion de Privacidad

Puedes revisar tus preferencias de privacidad para ver las cookies que utilizamos para mejorar tu experiencia y la política de privacidad.

Permiten al usuario la navegación a través de una página web, plataforma o aplicación y la utilización de las diferentes opciones o servicios que en ella existan como, por ejemplo, controlar el tráfico y la comunicación de datos, identificar la sesión, utilizar elementos de seguridad durante la navegación o compartir contenidos a través de redes sociales.

Cookies propias de Wordpress. Usada para comprobar si el navegador acepta las Cookies.
  • wordpress_test_cookie

Permite guardar sus preferencias acerca de nuestra política de cookies.
  • wordpress_gdpr_cookies_declined
  • wordpress_gdpr_cookies_allowed
  • wordpress_gdpr_allowed_services

Rechazar todos los servicios
Acepto todos los servicios